Ser madre es el gran deseo de muchas mujeres, aunque ciertamente pueden cohibirse de serlo debido al gasto que conlleva tener un hijo. Muchos se preguntan que ayudas y subvenciones son las que tengo derecho. Para clarificar este tema hemos realizado este artículo dónde te explicaremos las ayudas por maternidad de la seguridad social a las que puedes optar.
El complemento de maternidad hace posible que ciertas pensiones públicas aumenten en su cantidad total, aunque ciertamente no aplica para todas las situaciones ni todas las pensiones. A medida que leas este texto verás cuáles son estas situaciones y qué debes cumplir para beneficiarte de este complemento.
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El complemento de maternidad en las pensiones consiste en un incremento de la pensión contributiva por viudedad, jubilación o incapacidad permanente, para beneficiar a las mujeres que hayan tenido dos o más hijos (naturales o adoptados).
Al principio el complemento de maternidad estaba dirigido principalmente a mujeres, aunque ahora también se incluyen a los hombres, y deben estar adscritos a la Seguridad Social para poder optar a la pensión por jubilación, por enviudar o por incapacidad permanente.
Con estas ayudas por maternidad de la seguridad social se pretende mejorar la condición económica de las familias que se ven más vulnerables e incrementar la natalidad del país.
Requisitos para optar por el complemento de maternidad
- El requisito básico es recibir una de las tres pensiones (viudedad, jubilación o incapacidad permanente)
- Tener dos o más hijos.
- Estos hijos deben estar en el registro civil aunque no hayan nacido en España, tampoco si son mayores o menores de edad o si están emancipados.
¿Cómo es el embargo de pensiones?
Así como hay requisitos que se deben cumplir para recibir las pensiones, también hay formas de que sean embargables en su totalidad. Esto sucede cuando el titular no paga la pensión de alimentos de sus hijos aun cuando está obligado a hacerlo.
A continuación de explicamos las ayudas estatales a las que tendrás derecho al tener un hijo.
Bonificaciones por maternidad/ paternidad
Es un subsidio que da un período de descanso a hombres o mujeres en los casos de maternidad, adopción, tutela o acogimiento. En estos casos, corresponden 112 días de cotización a la madre o padre sin tener en cuenta si está desempleada/o.
Además de esto, hay una bonificación que establece que se seguirá cotizando al progenitor durante dos años como si estuviera trabajando la jornada completa. Esto será aplicable luego del nacimiento o de la adopción oficial, siempre y cuando el niño tenga menos de 12 años.
Desde abril del 2019 estas prestaciones se denominan como Nacimiento y cuidado del menor, así que engloba a los trabajadores dependientes o independientes. Solo tendrán que verificar si cuentan con los requisitos que exige Seguridad Social.
Permiso de maternidad
Esta es una compensación económica que recibe la madre después del parto, acogimiento o adopción, para compensar la falta de ingresos debido al período de descanso laboral.
En términos generales, este permiso tiene una duración de 16 semanas, aunque va a variar en función del parto, si es prematuro, múltiple, si hay hospitalización o el bebé presenta alguna discapacidad.
Cuando es una adopción o acogimiento de más de un (1) año de un menor de 6 años o un menor de 18 con discapacidad, las 16 semanas se deberán cumplir de forma ininterrumpida.
Cuando se trata de un parto, la madre recibirá las primeras seis semanas de forma obligatoria, luego sí puede ceder el permiso a otro progenitor con un máximo de 10 semanas.
Si la adopción es internacional y ambos progenitores deben viajar fuera del país, se debe solicitar el permiso hasta 4 semanas antes.
Parto o adopción múltiple
Con respecto a estas ayudas por maternidad de la seguridad social, en el caso de que sea un parto múltiple, lo toman en cuenta y bonifican con 3.800€ (en el año 2020), asimismo en el caso de adopción múltiple.
Cuando se trata de tres niños, la tasa aumenta a unos 7.600€, y si se da el caso de que son cuatro o más, serán 11.400€. Esto también está relacionado con el salario mínimo interprofesional.
Con respecto a los días de descanso, se agregan dos semanas por cada hijo. Es decir, teniendo dos hijos son 18 semanas de descanso, pero si se tienen trillizos, el tiempo aumenta a 20 semanas.
Bebé o hijo con discapacidad
En el caso de que sea un bebé o un menor de edad, la discapacidad debe estar valorada con un grado igual o superior a 33%, siendo que el permiso se extenderá hasta 18 semanas. La forma en que el subsidio se distribuya dependerá de los progenitores si es el caso de que ambos trabajan.
Si el grado de discapacidad en el recién nacido no se ha determinado, bastará con un informe del SPS o informe médico avalado por el SPS donde se haga constancia de la discapacidad.
Por otro lado, cuando el hijo es mayor de edad, para recibir esta asignación económica debe tener un grado de discapacidad igual o mayor a 65%, donde recibirá (en el año 2020) 369,60€ al mes, y si la discapacidad tiene un porcentaje igual o mayor a 75%, entonces el ingreso será de 593,40€ al mes.
Nacimiento prematuro y hospitalización después del parto
En vista de que en los casos de nacimiento prematuro mayormente hay hospitalización después del parto o hay alguna complicación que requiera de hospitalización, se puede interrumpir el permiso por maternidad y reanudarlo cuando sea dado de alta. Al estar hospitalizado, la madre tiene un permiso diario de dos horas.
Cuando se trata de una hospitalización que se extiende por más de siete días, está la posibilidad de ampliar el permiso por maternidad hasta un máximo de 13 semanas, además este tiempo podrá ser utilizado por otro progenitor si es lo que la madre quiere y cuenta con los requisitos.
En caso de fallecimiento
En el caso de que luego del acogimiento, adopción o que el niño muera después de más de 180 días de vida fetal, se mantendrá sin cambios el permiso por maternidad, a menos que la madre solicite reincorporarse después de las seis semanas obligatorias.
Ingreso mínimo vital al tener hijos
De cumplir con los requisitos para el Ingreso Mínimo Vital, si el adulto convive con un hijo recibirá cada año alrededor de 2.880€ al año más de lo que recibiría viviendo solo. Esta cantidad aumentará si en la familia hay más de un hijo y más adultos según los estatutos de las ayudas por maternidad de la seguridad social.
Situaciones especiales de las ayudas por maternidad
- La madre tiene el derecho de disfrutar de sus vacaciones después de terminar el período de descanso por el permiso de maternidad. Esto hace referencia a cuando el permiso de maternidad coincide con su tiempo vacacional.
- Si la progenitora está en paro tendrá derecho a las 16 semanas del permiso de maternidad para cuidar a su hijo, además tendrá la prestación por maternidad.
- Cuando la madre presenta una discapacidad, igualmente cuenta con sus 16 semanas de permiso. El comité español que representa a personas con discapacidad se mantiene en discusión para ampliar este tiempo a 20 semanas.
- En el caso de la muerte de la madre, el período de descanso pasará al otro progenitor hasta que alcance su tiempo máximo. Esto se relaciona con la baja por paternidad.
Ser madre o padre es una gran misión en la vida, una gran responsabilidad de la cual también puedes tener la posibilidad de recibir una determinada ayuda. A pesar de que mayormente están destinadas a mujeres, también es cierto que se han incluido a los hombres en varias de las ayudas y prestaciones.
Si has visto que puedes optar por alguna de estas prestaciones, no lo desaproveches y solicítala, pues para eso están esta serie de ayudas por maternidad de la seguridad social.